Verbalizarlo para visibilizarlo: Diversidad funcional/Discapacidad y Sexualidad

Las personas con discapacidad o diversidad funcional permanecen en un colectivo que ha sido estigmatizado a lo largo de la historia. Ya en la antigüedad clásica, los cuerpos con diversidad funcional eran vistos como cuerpos extraños castigados por la divinidad, no merecían una vida digna y, normalmente, eran apartados de las comunidades (Gil, 2018). Con la llegada del paradigma científico, el enfoque médico-asistencialista sustituyó a la religión y los cuerpos con diversidad funcional fueron catalogados como enfermos.

Aunado a lo anterior, la cultura neoliberal-capitalista en la que estamos inmersos tiende a catalogar a las personas con diversidad funcional de “inútiles” e “improductivas”, este sistema requiere de cuerpos que generen plusvalía[1], por lo que en esta lógica las personas con discapacidad carecen de la funcionalidad para adaptarse a las exigencias de la maquinaria económica que demanda de individuos competitivos (Muyor, 2018).

Con lo dicho antes, es un hecho que las personas con diversidad funcional han sido excluidas, menospreciadas e invalidadas en muchas épocas, en muchos sistemas y en muchas sociedades. Pero sobre todo, han sido infantilizadas; dicha infantilización (desde una mirada paternalista de lxs niñxs) ha tenido como consecuencia una asexualización de las personas, sus cuerpos y sus deseos.

Nuestro sistema social y cultural sigue predominando estereotipos acerca de lo que es una sexualidad “sana” o “correcta”, una idea en donde el sexo entre personas con diversidad funcional queda en la penumbra, inexistente, cuando no inapropiado. En un mundo en donde solo los cuerpos hegemónicos (heterosexuales, blancos, cisgénero, delgados, etc.) merecen placer, se vulneran derechos. A las personas con discapacidad se les niega el reconocimiento de la toma de sus propias decisiones, se les ve como no deseantes y no deseadas, además de excluirles sistemáticamente del ámbito sexual.

Hablemos de sexualidad y placer

La sexualidad de las personas con diversidad funcional se ha mantenido en el ámbito privado, desde la intimidad del núcleo familiar hasta en las instituciones sociales y educativas; lo anterior tiene que ver con que la sexualidad de por sí ha sido considerada tema tabú, pero sobretodo tiene que ver con los prejuicios hacia la discapacidad, donde se considera que las personas con diversidad funcional no son capaces, son menos valiosas, son frágiles y fáciles de engañar por lo que otras personas deben tomar decisiones por ellas, negándoles su autonomía y de sus deseos.

Las personas con diversidad funcional sufren distintas modalidades de violencias o vulneraciones. Su sexualidad puede verse distorsionada a consecuencia de estas violencias, tanto si siguen el esquema binario sexo-género, como si no lo siguen (Arnau, 2018). Algunas personas con diversidad funcional pueden tener dificultades para tener coito, pero eso no significa que no puedan disfrutar de su sexualidad. Los besos, las caricias y otros acercamientos también son formas de disfrutar de una sexualidad plena. Cada ser humano es único y tiene sus propios deseos y necesidades en el ámbito de la sexualidad. Por eso, también las personas con diversidad funcional deben poder disfrutar libremente de ella.

Se debe reivindicar el concepto de sexualidad pues debe entenderse como una expresión de los afectos con todos los sentidos y con todas las partes corporales, sin ser cuantificable en orgasmos ni penetraciones. La sexualidad es tan diversa como las personas.

Breve historia de los Derechos Sexuales y Reproductivos de las personas con discapacidad

La primera vez que se trataron los derechos sexuales de las personas con diversidad funcional fue en el Congreso Mundial de Rehabilitación, en 1972, cuando se expuso que las personas con discapacidad tienen derechos[2], entre ellos el de recibir información sobre cuestiones sexuales y sobre su propio funcionamiento sexual, derecho a una educación y orientación sobre su sexualidad, derecho a expresarse sexualmente, derecho a casarse o vivir en pareja, derecho a ser xadres, derecho a tener acceso a servicios de salud apropiados (Honrubia, 2019).

Unos años después, en 1981, en la Habana, se promovió por el movimiento asociativo cubano la Carta de Derechos Sexuales en favor de las personas con discapacidad (Honrubia, 2019). En 1994, son ratificados los derechos que se exponen en el Congreso Mundial de Rehabilitación como Derechos Humanos, en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo en el Cairo (Naciones Unidas, 1994).

Ya en 2006 se celebró la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en Nueva York. El contenido de dicha Convención fue ratificado por muchos países, entre ellos México. En cuanto a la cuestión de sexualidad y diversidad funcional, los Estados firmantes se comprometieron a “promocionar a las personas con discapacidad programas de atención a la salud gratuitos o a precios asequibles de la misma variedad y calidad que las demás personas, incluso en el ámbito de la salud sexual y reproductiva” (OHCR, 2014).

En México, la reforma constitucional de 2011 publicada en el Diario Oficial de la Federación tuvo como mandato crear una nueva cultura de derechos humanos; en este sentido, poniendo al centro la dignidad de las personas (CNDH, 2012), se elaboró la Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos de las Personas con Discapacidad, con la finalidad de potencializar el pleno goce de los derechos humanos de mujeres y hombres con discapacidad y coadyuvar a la igualdad desde una perspectiva de género.

Con este breve recorrido, podemos identificar que los derechos sexuales y reproductivos de las personas con discapacidad están reconocidos y respaldados en documentos nacionales e internacionales, sin embargo, el reconocimiento en papel debe estar acompañado de la creación de políticas públicas que atiendan la sexualidad mediante educación sexual inclusiva y programas de salud sexual y reproductiva (con perspectiva feminista y enfoque de autonomía progresiva), garantizando la asistencia personal y la asistencia sexual, así mismo se debe incluir la sexualidad en las políticas de los cuidados y permitir que las personas con discapacidad sean incluidas a la hora de diseñar las políticas que defienden sus derechos.

Conclusión

La noción de cuerpo trasciende lo meramente bio-fisiológico y material. El cuerpo alberga toda una carga simbólica de significados en el que se hacen visibles las relaciones sociales, políticas, culturales y económicas de sociedades concretas.

La corporalidad no normativa ha sido tradicionalmente percibida y representada como un problema de salud en el ámbito biomédico. Estos discursos intentan legitimar prácticas concretas sobre los cuerpos disidentes, situando las diversidades en los márgenes de la participación social. En cambio, las propias personas significadas como diversas (LGTBQI, gordxs, diversidad funcional, entre otras) están desafiando los discursos hegemónicos a partir de la construcción de su propio relato.

Es necesario reconocer el capacitismo (entendido como la discriminación y el prejuicio social contra las personas con discapacidad) en nuestras relaciones sociales, en nuestras políticas públicas y en todo aquello que nos han enseñado. Es necesario que desafiemos las normas de lo “aceptable” e integremos las voces que por años nos han dicho que no son válidas. Un consenso social que nos integre a todas las personas, debe contemplar la diversidad de nuestros contextos y nuestros cuerpos.

Todas las experiencias de la sexualidad deben ser escuchadas y respetadas, la sexualidad y el placer son espectros amplios. Las personas con discapacidad tienen intereses, ilusiones, deseos, necesidad de vínculos afectivos, capacidad de enamorarse, capacidad y necesidad de sentirse atraídos y de ser atractivos para otras personas. Asimismo tienen derechos legítimos, que les respaldan para poder tomar decisiones sobre su cuerpo, su vida y su desarrollo personal.

Bibliografía

  • COMUNICADO DE PRENSA NÚM. 713/21 3 DE DICIEMBRE DE 2021 PÁGINA 1/5 ESTADÍSTICAS A PROPÓSITO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (DATOS NACIONALES. (s/f). Org.mx. Recuperado el 5 de mayo de 2023, de https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021/EAP_PersDiscap21.pdf
  • INMUJERES. (2019). Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos de las Personas con Discapacidad. INMUJERES.
  • Sexualidad y afectividad en jóvenes con discapacidad/diversidad funcional. Sidastudi.org. Recuperado el 5 de mayo de 2023, de https://salutsexual.sidastudi.org/resources/inmagic-img/DD59168.pdf
  • Ley federal para prevenir y Eliminar La discriminación – CONAPRED. (n.d.). https://www.conapred.org.mx/userfiles/files/LFPED(1).pdf
  • Población. Discapacidad. (s/f). Org.mx. Recuperado el 5 de mayo de 2023, de https://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/discapacidad.aspx
  • Rodríguez y José Francisco Alonso Sánchez, J. M. (13 de Junio 2018). Cuerpos disidentes y diversidad funcional: lo sexual como espacio de activación socio-política. Universidad Nacional del Cuyo. https://www.redalyc.org/journal/5258/525866306010/html/
  • Sexualidad y diversidad funcional. (s/f). Euskadi.eus. Recuperado el 3 de mayo de 2023, de https://www.euskadi.eus/contenidos/documentacion/doc_sosa_diversidad_f_sexualid/eu_def/adjuntos/sexualidad-y-diversidad-funcional_d1.pdf
  • Unidas., N. (2014). CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Ohchr.org. https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications/CRPD_TrainingGuide_PTS19_sp.pdf
  • Unidas, N. (1994, mayo 9). Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo. Naciones Unidas. https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N95/231/29/PDF/N9523129.pdf?OpenElement
  1. Incremento del precio de mercado de un valor.

  2. Derechos basados en principios de libertad, autonomía e igualdad.

 

Verbalizarlo para visibilizarlo: Diversidad funcional/Discapacidad y Sexualidad.

Las personas con discapacidad o diversidad funcional permanecen en un colectivo que ha sido estigmatizado a lo largo de la historia. Ya en la antigüedad clásica, los cuerpos con diversidad funcional eran vistos como cuerpos extraños castigados por la divinidad, no merecían una vida digna y, normalmente, eran apartados de las comunidades (Gil, 2018). Con la llegada del paradigma científico, el enfoque médico-asistencialista sustituyó a la religión y los cuerpos con diversidad funcional fueron catalogados como enfermos.

Aunado a lo anterior, la cultura neoliberal-capitalista en la que estamos inmersos tiende a catalogar a las personas con diversidad funcional de “inútiles” e “improductivas”, este sistema requiere de cuerpos que generen plusvalía[1], por lo que en esta lógica las personas con discapacidad carecen de la funcionalidad para adaptarse a las exigencias de la maquinaria económica que demanda de individuos competitivos (Muyor, 2018).

Con lo dicho antes, es un hecho que las personas con diversidad funcional han sido excluidas, menospreciadas e invalidadas en muchas épocas, en muchos sistemas y en muchas sociedades. Pero sobre todo, han sido infantilizadas; dicha infantilización (desde una mirada paternalista de lxs niñxs) ha tenido como consecuencia una asexualización de las personas, sus cuerpos y sus deseos.

Nuestro sistema social y cultural sigue predominando estereotipos acerca de lo que es una sexualidad “sana” o “correcta”, una idea en donde el sexo entre personas con diversidad funcional queda en la penumbra, inexistente, cuando no inapropiado. En un mundo en donde solo los cuerpos hegemónicos (heterosexuales, blancos, cisgénero, delgados, etc.) merecen placer, se vulneran derechos. A las personas con discapacidad se les niega el reconocimiento de la toma de sus propias decisiones, se les ve como no deseantes y no deseadas, además de excluirles sistemáticamente del ámbito sexual.

Hablemos de sexualidad y placer

La sexualidad de las personas con diversidad funcional se ha mantenido en el ámbito privado, desde la intimidad del núcleo familiar hasta en las instituciones sociales y educativas; lo anterior tiene que ver con que la sexualidad de por sí ha sido considerada tema tabú, pero sobretodo tiene que ver con los prejuicios hacia la discapacidad, donde se considera que las personas con diversidad funcional no son capaces, son menos valiosas, son frágiles y fáciles de engañar por lo que otras personas deben tomar decisiones por ellas, negándoles su autonomía y de sus deseos.

Las personas con diversidad funcional sufren distintas modalidades de violencias o vulneraciones. Su sexualidad puede verse distorsionada a consecuencia de estas violencias, tanto si siguen el esquema binario sexo-género, como si no lo siguen (Arnau, 2018). Algunas personas con diversidad funcional pueden tener dificultades para tener coito, pero eso no significa que no puedan disfrutar de su sexualidad. Los besos, las caricias y otros acercamientos también son formas de disfrutar de una sexualidad plena. Cada ser humano es único y tiene sus propios deseos y necesidades en el ámbito de la sexualidad. Por eso, también las personas con diversidad funcional deben poder disfrutar libremente de ella.

Se debe reivindicar el concepto de sexualidad pues debe entenderse como una expresión de los afectos con todos los sentidos y con todas las partes corporales, sin ser cuantificable en orgasmos ni penetraciones. La sexualidad es tan diversa como las personas.

Breve historia de los Derechos Sexuales y Reproductivos de las personas con discapacidad

La primera vez que se trataron los derechos sexuales de las personas con diversidad funcional fue en el Congreso Mundial de Rehabilitación, en 1972, cuando se expuso que las personas con discapacidad tienen derechos[2], entre ellos el de recibir información sobre cuestiones sexuales y sobre su propio funcionamiento sexual, derecho a una educación y orientación sobre su sexualidad, derecho a expresarse sexualmente, derecho a casarse o vivir en pareja, derecho a ser xadres, derecho a tener acceso a servicios de salud apropiados (Honrubia, 2019).

Unos años después, en 1981, en la Habana, se promovió por el movimiento asociativo cubano la Carta de Derechos Sexuales en favor de las personas con discapacidad (Honrubia, 2019). En 1994, son ratificados los derechos que se exponen en el Congreso Mundial de Rehabilitación como Derechos Humanos, en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo en el Cairo (Naciones Unidas, 1994).

Ya en 2006 se celebró la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en Nueva York. El contenido de dicha Convención fue ratificado por muchos países, entre ellos México. En cuanto a la cuestión de sexualidad y diversidad funcional, los Estados firmantes se comprometieron a “promocionar a las personas con discapacidad programas de atención a la salud gratuitos o a precios asequibles de la misma variedad y calidad que las demás personas, incluso en el ámbito de la salud sexual y reproductiva” (OHCR, 2014).

En México, la reforma constitucional de 2011 publicada en el Diario Oficial de la Federación tuvo como mandato crear una nueva cultura de derechos humanos; en este sentido, poniendo al centro la dignidad de las personas (CNDH, 2012), se elaboró la Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos de las Personas con Discapacidad, con la finalidad de potencializar el pleno goce de los derechos humanos de mujeres y hombres con discapacidad y coadyuvar a la igualdad desde una perspectiva de género.

Con este breve recorrido, podemos identificar que los derechos sexuales y reproductivos de las personas con discapacidad están reconocidos y respaldados en documentos nacionales e internacionales, sin embargo, el reconocimiento en papel debe estar acompañado de la creación de políticas públicas que atiendan la sexualidad mediante educación sexual inclusiva y programas de salud sexual y reproductiva (con perspectiva feminista y enfoque de autonomía progresiva), garantizando la asistencia personal y la asistencia sexual, así mismo se debe incluir la sexualidad en las políticas de los cuidados y permitir que las personas con discapacidad sean incluidas a la hora de diseñar las políticas que defienden sus derechos.

Conclusión

La noción de cuerpo trasciende lo meramente bio-fisiológico y material. El cuerpo alberga toda una carga simbólica de significados en el que se hacen visibles las relaciones sociales, políticas, culturales y económicas de sociedades concretas.

La corporalidad no normativa ha sido tradicionalmente percibida y representada como un problema de salud en el ámbito biomédico. Estos discursos intentan legitimar prácticas concretas sobre los cuerpos disidentes, situando las diversidades en los márgenes de la participación social. En cambio, las propias personas significadas como diversas (LGTBQI, gordxs, diversidad funcional, entre otras) están desafiando los discursos hegemónicos a partir de la construcción de su propio relato.

Es necesario reconocer el capacitismo (entendido como la discriminación y el prejuicio social contra las personas con discapacidad) en nuestras relaciones sociales, en nuestras políticas públicas y en todo aquello que nos han enseñado. Es necesario que desafiemos las normas de lo “aceptable” e integremos las voces que por años nos han dicho que no son válidas. Un consenso social que nos integre a todas las personas, debe contemplar la diversidad de nuestros contextos y nuestros cuerpos.

Todas las experiencias de la sexualidad deben ser escuchadas y respetadas, la sexualidad y el placer son espectros amplios. Las personas con discapacidad tienen intereses, ilusiones, deseos, necesidad de vínculos afectivos, capacidad de enamorarse, capacidad y necesidad de sentirse atraídos y de ser atractivos para otras personas. Asimismo tienen derechos legítimos, que les respaldan para poder tomar decisiones sobre su cuerpo, su vida y su desarrollo personal.

Bibliografía

  • COMUNICADO DE PRENSA NÚM. 713/21 3 DE DICIEMBRE DE 2021 PÁGINA 1/5 ESTADÍSTICAS A PROPÓSITO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (DATOS NACIONALES. (s/f). Org.mx. Recuperado el 5 de mayo de 2023, de https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021/EAP_PersDiscap21.pdf
  • INMUJERES. (2019). Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos de las Personas con Discapacidad. INMUJERES.
  • Sexualidad y afectividad en jóvenes con discapacidad/diversidad funcional. Sidastudi.org. Recuperado el 5 de mayo de 2023, de https://salutsexual.sidastudi.org/resources/inmagic-img/DD59168.pdf
  • Ley federal para prevenir y Eliminar La discriminación – CONAPRED. (n.d.). https://www.conapred.org.mx/userfiles/files/LFPED(1).pdf
  • Población. Discapacidad. (s/f). Org.mx. Recuperado el 5 de mayo de 2023, de https://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/discapacidad.aspx
  • Rodríguez y José Francisco Alonso Sánchez, J. M. (13 de Junio 2018). Cuerpos disidentes y diversidad funcional: lo sexual como espacio de activación socio-política. Universidad Nacional del Cuyo. https://www.redalyc.org/journal/5258/525866306010/html/
  • Sexualidad y diversidad funcional. (s/f). Euskadi.eus. Recuperado el 3 de mayo de 2023, de https://www.euskadi.eus/contenidos/documentacion/doc_sosa_diversidad_f_sexualid/eu_def/adjuntos/sexualidad-y-diversidad-funcional_d1.pdf
  • Unidas., N. (2014). CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Ohchr.org. https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications/CRPD_TrainingGuide_PTS19_sp.pdf
  • Unidas, N. (1994, mayo 9). Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo. Naciones Unidas. https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N95/231/29/PDF/N9523129.pdf?OpenElement
  1. Incremento del precio de mercado de un valor.

  2. Derechos basados en principios de libertad, autonomía e igualdad.

Más noticias